Exigir datos adicionales o solicitar documentos al adquiriente (Rut, cédula de ciudadanía, certificado de constitución y representación legal etc.) conlleva al incumplimiento de las normas vigentes.
De acuerdo a la DIAN el adquiriente a quien se le exijan requisitos adicionales a los mencionados anteriormente no se encuentra en la obligación de entregarlos y deberá exigir al facturador electrónico realice la expedición de la factura con el cumplimiento establecido por la DIAN.
DEFINICIÓN: El documento equivalente a la factura de venta es el documento que reemplaza a la factura de venta en los casos en que la norma expresamente lo señala
El documento equivalente más utilizado es el tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S.: Este documento lo podrán expedir los sujetos obligados a facturar; salvo que la venta sea superior a 5 UVT y que el adquiriente del bien y/o servicio exija la expedición de la factura de venta, caso en el cual se deberá expedir factura electrónica de venta.
Es importante aclarar que los documentos equivalentes a la factura de venta no tienen nada que ver con el documento soporte en adquisiciones a no obligados a facturar.
De acuerdo a lo establecido por el artículo 1.6.1.4.6. del Decreto 1625 de 2016 los documentos equivalentes a la factura electrónica de venta son:
DIFERENCIAS: El tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S no otorga derecho a solicitar impuestos descontables, costos y deducciones mientras que las facturas electrónicas si otorgan el derecho.
El tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S es físico, mientras que la factura electrónica de venta es digital (Archivo XML).
El tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S se entrega físicamente, mientras que la factura electrónica de venta se envía electrónicamente solo en casos particulares se debe imprimir la representación gráfica para entregarla al comprador.
En el tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S NO es obligatorio que contenga el nombre del adquirente o comprador y el número de identificación, mientras que la factura electrónica de venta si debe incluir esta información.
El sistema P.O.S es un sistema de facturación por puntos de venta (Point Of Sale), en donde se coloca un sistema de facturación en cada punto de venta o caja conectado a un sistema central de control. El sistema está compuesto por un hardware o computador, y un software que realiza el proceso de facturación junto con el manejo del inventario.
Aunque se conoce como sistema de facturación el documento que genera no cumple con las características de la factura, sino que es un documento equivalente a la factura de venta, en tanto faltan datos esenciales para que se constituya en factura como es la identificación del cliente (nombre y Nit).
La resolución 001092 de Julio 1 de 2022 estableció que:
Grupo | Fecha Máxima |
---|---|
Grandes contribuyentes. | 1 de febrero de 2023 |
Declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, declarantes de ingresos y patrimonio, (no grandes contribuyentes). | 1 de abril de 2023 |
No declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios. | 1 de mayo de 2023 |
Demás sujetos que no entren en las categorías anteriores. | 1 de junio de 2023 |
*World Office como Proveedor Tecnológico firma digitalmente, en caso de requerirse un certificado digital a nombre de la empresa, debe adquirirlo por separado.
Resuelve tus dudas acerca de la Facturación Electrónica y la implementación con World Office por medio de nuestra selección de preguntas frecuentes planteadas por los usuarios.
Lunes 27 de agosto de 2018 Facturación Electrónica - Obligatoria en 2019 Canal 1 - Colombia
Resuelve tus dudas acerca de la Facturación Electrónica y la implementación con World Office por medio de nuestra selección de preguntas frecuentes planteadas por los usuarios.
Es la certificación por parte del adquiriente, sobre la aceptación o rechazo del documento emitido electrónicamente
Al momento de emitir el documento electrónico, se enviará un mail, donde se envía la representación gráfica y el archivo xml de dicho documento electrónico. Además de esto, el cliente encontrará una opción donde podrá realizar dicho acuse.
El adquiriente de el cliente a quien se está facturando dicho documento.
El procedimiento para activar e implementar la Facturación Electrónica en World Office es ágil y sencillo. Una vez cuente con la obligación 37 en el RUT y una resolución de facturación bajo la modalidad electrónica autorizada por la DIAN, el proceso de implementación se realiza mediante asistentes de configuración y dura aproximadamente 2 horas.
Es un instrumento utilizado para firmar cada uno de los documentos (transacciones) electrónicos que se emitan. Dicha firma digital trae de manera escriptada la entidad emisora del documento.
World Office como Proveedor Tecnológico firma digitalmente los documentos, por tal motivo no necesita adquirir un certificado digital. En caso de requerirse un certificado digital a nombre de la empresa, debe adquirirlo por separado.
El emisor es aquella persona que emite el documento de forma electrónica, es decir, la persona que está facturando.
El facturador electrónico, es aquella persona obligada a facturar de manera electrónica. Es decir, todos los contribuyente que tienen la obligación de facturar electrónicamente, son facturadores electrónicos.
Son diferentes. El facturador electrónico es el contribuyente obligado a facturar electrónicamente, mientras que el proveedor tecnológico es la entidad autorizada por la DIAN para prestar los servicios de factura electrónica.
Es una versión comprensible del documento electrónico, donde se muestra la información en un formato similar al de un documento físico. Generalmente en archivo PDF e incluye el código QR que sirve de soporte y validación de la transacción electrónica.
Cada usuario puede personalizar el formato de facturas, notas débito y crédito según su necesidad por medio de nuestro diseñador de documentos.